•> La Asociación Argentina de Criadores
de Caballos Árabes lleva el Registro del Cruzárabe desde el año 1987.
En el año 1990 la Subsecretaría de Agricultura y Ganadería la aprobó como Registro Nacional.
•> La Asociación Argentina de Criadores
de Caballos Árabes brinda el asesoramiento necesario a todos aquellos
que tengan interés en iniciarse con éxito en la cría del Cruzárabe,
estando a disposición el Reglamento correspondiente.
•> Se denomina Cruzárabe a cualquier producto
resultante de cruzamientos en los cuales intervenga la raza Árabe. Ese
producto debe tener como mínimo el 37,50 % de sangre Árabe.
•> La finalidad del Cruzárabe es utilizar
el Árabe como mejorador para imprimir al producto sus virtudes naturales:
resistencia, ductilidad, inteligencia, agilidad, coraje y belleza.
El Cruzárabe se ha dividido en cuatro (4) categorías funcionales:
Deporte
Paseo o trabajo
Tiro liviano
Menor alzada ( petizo)
1- Cruzárabe es el producto nacido en un Haras de cruzárabe,
cuyos progenitores estén inscriptos en dicho Registro y siempre que
se hubiera denunciado el correspondiente servicio y el posterior nacimiento.
Es posible producir Cruzárabes sin la necesidad de tener un Haras propio,
pues se pueden enviar yeguas madres a servicio en un Haras Cruzárabe.
2- Las yeguas madres deben inscribirse con su porcentaje de sangre Árabe si es que lo tienen; en caso de no tener sangre Árabe se inscriben
con porcentaje "0". Por lo tanto las yeguas madres pueden ser:
- Base de cualquier raza, con sangre Árabe "0".
- Yeguas Cruzárabe con su porcentaje particular ( ejemplo: ½, ¾, 7/8,
etc.)
-Yeguas Árabe puras ( inscriptas o no en el Stud Book ).
Padrillos:
Padrillos Árabe puros obligatoriamente inscriptos en el Stud
Book y luego inscriptos en el Registro de Cruzárabe.
Padrillos Cruzárabe con su correspondiente porcentaje de sangre
Árabe declarada.
Padrillos Puros de Pedigree de cualquier raza, inscriptos en
sus respectivos Registros y luego inscriptos en el Registro Cruzárabe.
Estos padrillos sólo podrán servir yeguas con un mínimo de ¾ de sangre
Árabe para que el producto resultante llegue al porcentaje exigido por
el Reglamento del Cruzárabe.
GUÍA PRÁCTICA
•> Las yeguas madres se inscriben en el
Registro Cruzárabe de la Asociación Argentina de Criadores de Caballos
Árabes. El o los padrillos ídem.
•> Se deben entregar las planillas de los
servicios correspondientes a Enero - Junio en el mes de Julio subsiguiente,
y los servicios correspondientes a Julio - Diciembre en el mes de Febrero
subsiguiente en la Asociación Argentina de Criadores de Caballos Árabes.
•> Antes de los tres (3) meses de nacido
el producto enviar las solicitudes de inscripción con todos los datos
solicitados en las mismas y abonar los derechos correspondientes.
•> Una vez que el Registro coteja los datos
recibidos, se le dará curso a la inscripción.
•> Al adquirir un producto Cruzárabe se
debe efectuar la transferencia en la Asociación Argentina de Criadores
de Caballos Árabes.
ARANCELES DE CRUZARABE